Adeudos de hasta 5 mil pesos
- Los contribuyentes que adeuden impuestos federales por un monto igual o menor a 5 mil pesos, tendrán derecho a una condonación del 50 por ciento de su adeudo, siempre que paguen en una sola exhibición el 50 por ciento restante, antes del 30 de diciembre de este año.
- Para recibir este beneficio los contribuyentes no necesitan realizar ningún trámite, ya que en el periodo de agosto a octubre recibirán por correo en su domicilio un estado de cuenta, acompañado del formato para hacer el pago, mismo que podrá realizarse en cualquier banco autorizado.
Adeudos de hasta 500 mil pesos
- Por su parte, los contribuyentes que tengan adeudos por impuestos federales con un monto superior a 5 mil pesos y que no excedan de 500 mil pesos, podrán pagar las parcialidades correspondientes a partir del mes en que se adhieran al programa y hasta julio de 1997, teniendo derecho a una condonación parcial en la actualización y los recargos sobre sus adeudos, ya que se aplicará una tasa preferencial del 30 por ciento.
- También tendrán derecho a un descuento del 25 por ciento contra los pagos que realicen en agosto, porcentaje que disminuirá cada mes hasta llegar al 15 por ciento si se paga en diciembre de 1996, de acuerdo al siguiente calendario:
Agosto | Septiembre |
Octubre | Noviembre |
Diciembre |
25% | 22.5% |
20% | 17.5% | 15% |
En todo caso, el monto total del descuento no podrá exceder de 125 mil pesos.
- Además, podrán reestructurar sus adeudos, pagándolos hasta en 48 parcialidades a partir de la reestructuración, pudiendo optar por un esquema de pagos constantes en términos reales.
- Por lo que respecta a los contribuyentes cuyos adeudos por impuestos federales excedan de 500 mil pesos, también podrán gozar del beneficio de la reestructuración en 48 parcialidades.
Los beneficios de tasa preferencial y descuento en pagos efectuados entre agosto y diciembre, serán aplicables a los primeros 500 mil pesos de su adeudo total.
- A partir del 15 de julio, los contribuyentes podrán presentar ante las autoridades fiscales un aviso de adhesión que les permitirá acogerse a los beneficios del programa.
Aquellos adeudos que a más tardar el 31 de octubre se encuentren reestructurados, recibirán los beneficios de condonación parcial y descuento en pagos, conforme al calendario señalado anteriormente.
- Los contribuyentes que ya estén pagando en parcialidades y que se adhieran al programa, podrán, por única vez, obtener un beneficio de hasta 48 parcialidades adicionales, contadas a partir de la reestructuración.
- Todos los beneficios antes descritos también serán aplicables a los contribuyentes omisos que se acerquen espontáneamente a la Secretaría a pagar sus adeudos. Para estos contribuyentes no se generarán multas.
Suspensión de los procedimientos coactivos de cobro
- Las autoridades respectivas se abstendrán de iniciar los procedimientos administrativos de ejecución tendientes a la recuperación de los créditos fiscales, y suspenderán aquéllos que se hubiesen iniciado, en tanto concluyen los plazos previstos para las reestructuraciones (31 de octubre), o para el pago con descuento en el caso de adeudos hasta de 5 mil pesos (31 de diciembre de 1996).
- Perderán el derecho a los beneficios previstos en el programa, los contribuyentes que dejen de pagar una sola de sus parcialidades o paguen cantidades menores a las que correspondan.
También perderán estos beneficios los contribuyentes que se adhieran al programa y que por alguna razón impugnen a través de algún medio de defensa sus adeudos.
Resultados esperados
- Se estima que con este Programa se verán beneficiados alrededor de 1 millón 600 mil contribuyentes que tienen adeudos inferiores a 500 mil pesos.
- Al facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el Gobierno Federal busca apoyar la producción de bienes y servicios y la reactivación de la economía nacional.