SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL

INFORMACIÓN DE PRENSA 31/96

México,D.F., a 29 de Febrero de 1996.

En el marco de la reforma fiscal que implementó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para este año, se establecieron en el Código Fiscal de la Federación diversas medidas para mejorar la seguridad jurídica y garantizar medios de defensa para el contribuyente.

Dentro de estas medidas se encuentran la ampliación del plazo para el pago de parcialidades, que pasa de 36 a 48 meses; la disminución de los plazos para la devolución de impuestos, que se reduce a 50 días como máximo para obtener estas devoluciones y de manera muy importante, el establecimiento del sistema de "Justicia de Ventanilla".

Este sistema que entrará en vigor a partir del primero de marzo en todas las Administraciones Locales de Recaudación del país, se presentó como un proyecto en las reuniones que llevó a cabo el año pasado el Consejo Asesor Fiscal, principalmente en las comisiones de Simplificación y de Seguridad Jurídica, en donde después de haber sido aprobado, fue necesario reformar el artículo 33-A del Código Fiscal, el cual delimita y legaliza la "Justicia de Ventanilla" y establece plazos y tiempos para llevarla a cabo.

Este procedimiento permitirá a los particulares acercarse a la autoridad hacendaria dentro de un plazo de seis días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificiación de la resolución, en los casos de requerimientos de pago o de presentación de la declaración omitida, imposición de multas; y problemas relacionados con el Registro Federal de Contribuyentes, obligándose la autoridad a resolver en un plazo máximo de seis días.

El contribuyente deberá acudir a la ventanilla de "Justicia de Ventanilla" de la Administración Local de Recaudación que le corresponda a su domicilio fiscal, en donde un servidor público de la Secretaría de Hacienda, le indicará la documentación que tenga que presentar de acuerdo al trámite a realizar. Para hacer sus aclaraciones tendrá un plazo de seis días después de que haya surtido efectos la notificación de la resolución que se trate.

Cabe aclarar que este sistema se implantó con el propósito de simplificar trámites de solventación, de manera que el contribuyente cuente con una vía de resolución ágil, sencilla y directa a los problemas antes mencionados. Se le ha llamado "justicia de ventanilla" no porque la autoridad piense invadir la esfera del poder judicial impartiendo justicia, sino simplemente porque es un procedimiento de aclaración en que el particular va a poder resolver su problemática directamente en la ventanilla.

Adicionalmente, se están probando en forma interna los procedimientos a aplicar, los cuales asegurarán el éxito y la transparencia en la aplicación de este sistema a partir de marzo. Es conveniente hacer hincapié en que este sistema no constituye una instancia, por lo cual si el contribuyente no queda satisfecho con la decisión de la autoridad, puede acudir a los medios de defensa a su alcance.

Para mayor información sobre este programa de "Justicia de Ventanilla", se pone a disposición de los contribuyentes el teléfono 2-27-02-97 en el Distrito Federal y para el interior del país, el 91-800-90-450, sin costo.

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